Una factura es un documento que acredita de una adquisición de un producto o servicio. Una factura electrónica es el equivalente informático de este justificante.
Aunque hace ya mucho tiempo que, gracias a los avances tecnológicos, es posible técnicamente generar e intercambiar facturas en este formato, han sido necesarias ciertas adaptaciones normativas para que tuvieran validez legal.
Tales han sido los avances que el pasado 15 de enero esta manera de facturar se ha impuesto como, en teoría, obligatoria para las operaciones con la Administración pública en España.
Para que una factura electrónica sea válida es fundamental que el receptor la acepte, dando su consentimiento.
Las facturas, independientemente de su formato y según la reglamentación actual, deben poder ser leídas por el destinatario, se debe garantizar su autenticidad (es decir, poder comprobar que su emisor es realmente quien dice ser) y la integridad de sus contenidos (en otras palabras, que no ha sido modificada indebidamente). En el caso de la versión electrónica, estos requisitos se pueden cumplir mediante las firmas electrónicas y otros certificados.
En los orígenes de Internet cada equipo conectado se identificaba únicamente mediante unos ciertos números únicos en la Red llamados “dirección IP” de la forma número.número.número.número (por ejemplo 10.11.12.13). Entre ordenadores esta forma de comunicación es muy práctica y unívoca, pero nuestras mentes humanas no están acostumbradas a tener que recordar tantas cifras. Por ello se creó un servicio transparente para el usuario que lo que hace es permitir asignar a cada sistema un nombre “fácil de recordar” de la forma dominio.extensión –por ejemplo aproin.com- que algún servidor intermedio se encargue de traducir este nombre a su dirección IP final cuando nosotros lo invocamos, que es en último término cómo se intercambian los datos por Internet: entre ordenadores con IPs concretas.